Estimados clientes:
Les recordamos los impuestos que deben ser presentados entre el día 1 y el día 30 de este mes de enero correspondientes al cuarto trimestre del año 2025.
Impuesto de la renta e IVA – Sistema Directa Simplificada (Modelos 103, 303 y 390):
Solicitamos que nos entreguen sus facturas de ingresos y gastos antes del día 10 de enero correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre. Les informamos que el plazo para domiciliar dichos impuestos finaliza el día 27 de enero. El último día de presentación de estos modelos es el día 30 de enero. Por favor no tarigan albaranes ya que no se puede contabilizar. El modelo 390 se corresponde con el resumen anual del IVA.
Sociedades:
Rogamos nos aporten los extractos bancarios incluyendo también los de tarjetas de crédito. Es de vital importancia que nos aporten la mayor información posible indicando si los cobros y pagos se han hecho en efectivo o por banco.
Impuesto de la renta e IVA – Sistema módulos (Modelos 331 y 303):
Contacten con nosotros para que podamos informales de las cantidades a pagar. Háganos saber si ha habido alguna variación concerniente a los módulos, por ejemplo, incremento o disminución del voltaje (KW), número de mesas y sillas, de las máquinas de juegos, metros de barra, adquisición de vehículos comerciales, etc. Por favor traigan todas las facturas que tengan IVA de este año 2025.
No es relevante en qué sistema esté, es obligatorio guardar todos los justificantes tanto de ingresos como de gastos durante 5 años.
Como anteriormente se ha mencionado, solo las facturas serán contabilizadas, no se admitirán recibos, pedidos, albaranes, presupuestos, etc. En las facturas debe figurar el nombre de la empresa, el NIF, el domicilio, la fecha y el número de factura.
Retenciones de alquiler e intereses (Modelos 115,123 y 216):
El importe a ingresar corresponde al 19% de alquiler de los últimos 3 meses. Rogamos nos informen si ha habido algún incremento de la renta y a partir de que mes se produjo. No se admite aplazar el pago de este impuesto. El último día para domiciliar estos impuestos es el día 15 de enero, y el último día para presentarlos es el día 20 de enero. Y para no residentes sin establecimiento permanente.
Retenciones de empleados:
Hay que pagar el impuesto retenido en las nóminas de los empleados y las retenciones incluidas en las facturas de profesionales. Los trabajadores están obligados a informarles de cualquier modificación de su situación personal.
Cuando los trabajadores firman el contrato, hay una hoja la cual debe ser rellenada para informarnos de su situación personal de cara a su declaración personal de IRPF. Si su situación cambia deben de firmar una nueva hoja informativa. Estos cambios incluyen estado civil, número de hijos y si su cónyuge tiene rendimientos salariales.
El plazo para domiciliar este impuesto es el día 15 de enero y e último día para la presentación es el día 30 de enero.
Es su obligación informar para que podamos modificar el porcentaje de retención.
No se admite aplazar el pago de este impuesto.
IVA Intracomunitario (Modelo 349):
Por favor, deben de informarnos de cualquier compra realizada fuera de España (dentro de la Unión Europea) durante el trimestre. Han de aportar las facturas, en el caso de no disponer de la factura, es importante nos facilite el importe a declarar en euros, los datos fiscales del proveedor y lo gastos de transporte.
Impuesto no residentes (Modelo 210):
Los ingresos por alquileres correurbanosspondientes al año 2025 se deben declarar antes del 20 de enero. El último día para domiciliar este impuesto es el día 15 de enero.
Resúmenes Anuales:
Como todos los años al llegar el cuarto trimestre, la Agencia Tributaria nos obliga a presentar los siguientes resumenes anuales, el día 31 de enero es el último día de presentación:
- Modelo 190: resumen anual de rentención IRPF de empleados y profesionales.
- Modelo 180: resumen anual de retenciones sobre alquileres de inmuebles urbanos.
- Modelo 193: resumen anual de retenciones IRPF sobre intereses de préstamos.
- Modelo 184: declaración informativa de entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes y comunidades de propietarios).
- Modelo 345: planes de previsión social empresarial.
- Modelo 296: declaración informativa de retenciones del impuesto sobre la renta de no residentes (sin establecmiento permanente).